La razón de ser del Comité de Ética Asistencial (CEA) de la FHES es ayudar a profesionales y usuarios a reflexionar sobre las decisiones, actuaciones y actitudes en el campo de las ciencias de la salud, para que se tengan en cuenta, Además de criterios científicos y técnicos, aspectos que pueden comprometer los derechos humanos de los usuarios del centro. El CEA trabaja para proteger los derechos de los pacientes y del personal del hospital - en su calidad de profesionales de las ciencias de la salud -, respetando siempre las diferentes ideologías y convicciones religiosas y filosóficas (véase Capítulo 2 del Código Ético de la FHES)
Funciones del CEA
Las funciones del CEA son básicamente las siguientes
- Velar por los derechos del enfermo.
- Asesorar éticamente en la toma de decisiones clínicas y sanitarias a cualquier profesional que lo solicite.
- Formular orientaciones y protocolos de actuación ante situaciones clínicas o sanitarias que planteen problemas éticos.
- Velar por la evaluación periódica del cumplimiento del Código Ético en aquellos aspectos vinculados al ámbito asistencial.
- Promover y atender la formación en Bioética de los miembros del Comité y del personal de la institución.
¿Quién puede solicitar asesoramiento al CEA?
El CEA se puede pronunciar a petición de las personas siguientes:
- Profesionales de la Institución.
- La Dirección o una comisión hospitalaria.
- Pacientes o familiares, a través de la Unidad de Atención al Usuario o por medio de la web del Hospital.
- Decisión del propio Comité.
Composición del CEA
EL CEA está formado por tres tipos de miembros:
- Miembros natos: su presencia en el Comité se considera esencial por su función o representación. Tienen voz y voto y son los siguientes: el Director Médico o aquel en quien se delegue, el Director de Enfermería o aquel en quien se delegue, el responsable de la Unidad de Atención al Usuario o aquel en quien se delegue, un experto en bioética y un jurista.
- Miembros electos: forman parte del Comité por un período de tiempo y en razón de su especial sensibilidad e interés hacia los problemas éticos y humanísticos de la asistencia sanitaria. La duración de su cargo es de cuatro años y todos ellos tienen voz y voto. Son miembros electos al menos dos médicos y dos profesionales de enfermería.
- Miembros "ad casum": se convocan en función de las necesidades del caso particular que se trata.
- Además, se contempla la figura de colaborador externo que, sin formar parte del Comité, participa en las tareas que éste le pueda encomendar. Podrán ser colaboradoras aquellas personas interesadas y formadas en temas de Bioética que acepten formar parte.